

NOTA DE PRENSA
PRESENTAN SOLICITUD DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL ANTE EL TLC PERÚ-USA PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA RELACIONADA A CONCESIONES FORESTALES EN RESERVAS INDÍGENAS
Washington D.C., 14 de marzo de 2022
El 10 de marzo pasado, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) presentó, vía correo electrónico, una solicitud ante la Secretaría para las Solicitudes sobre Asuntos de Cumplimiento Ambiental del Acuerdo de Promoción Comercial (APC) Perú-USA (también conocido como TLC Perú-USA), invocando la falta de aplicación efectiva de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley No. 29763 y el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas en lo relacionado a la regulación del otorgamiento de concesiones forestales en Reservas Indígenas.
Las Reservas Indígenas, de acuerdo a la Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, Ley No.28736 (Ley PIACI), son tierras delimitadas por el Estado peruano, de intangibilidad transitoria, a favor de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, para proteger sus derechos, su hábitat y las condiciones que aseguren su existencia e integridad como pueblos. Esta Ley, a su vez, protege las Reservas Indígenas en trámite de aprobación.
Los Solicitantes señalan que, a pesar de que en la legislación forestal y de fauna silvestre se ha establecido que tanto en las Reservas Indígenas aprobadas como en aquéllas en trámite no se pueden otorgar concesiones forestales, el Gobierno Regional de Loreto ha otorgado 47 concesiones forestales ubicadas en la Reserva Indígena Yavarí Tapiche y en la Reserva Indígena en trámite Yavarí Mirim.
Luego de acusar recibo de esta Solicitud, la Secretaría se encuentra evaluando el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la misma, de acuerdo a lo señalado en el Acuerdo de Promoción Comercial Perú-USA.
Cabe señalar que la Secretaría para las Solicitudes sobre Asuntos de Cumplimiento Ambiental se encuentra a cargo de atender estas Solicitudes que son presentadas por el público, de acuerdo a lo señalado en los artículos 18.8 y 18.9 del APC; lo cual constituye un mecanismo de participación ciudadana acordado entre ambos países para promover la aplicación efectiva de la legislación ambiental en cada uno de ellos.
Para mayor información, visite: https://www.saca-seem.org/solicitudes-presentada/